La limosna de unos eurillos sobrantes para las librerías españolas

Por fin han visto la luz las limosneras ayudas para, atención, la revalorización cultural y la modernización de las librerías españolas.

lalimosnanoessolución

De los 150.000 euros asignados a estas ayudas ya hablé en su momento así que no voy a insistir. Sólo diré que la ayuda viene a ser a la facturación equivalente que es necesaria hacer para mantener un puesto de trabajo en una librería.

Me llama la atención lo atrevido y arriesgado del nombre de las ayudas. Jugar con términos como ‘revalorización cultural’ y ‘modernizacion’, cargados de subjetividad en su posible interpretación puede acabar siendo ambiguo y peligroso.

Señalaré, con todo el cariño porque creo ser conocedor de lo costoso que ha sido redactar esta orden algunos de los terrenos de arenas movedizas por los que se mueve.

En el preámbulo se dice:

solo una potente red de librerías en todo el país, capaz de ofrecer no sólo los libros de rápida rotación sino también un amplio fondo bibliográfico, puede garantizar el acceso igualitario y diverso a la cultura por el conjunto de la sociedad.

Y, ya lo siento, pero discrepo. Esto creo que es función de las bibliotecas. El acceso igualitario, cuando hay transacción económica por medio, como es en el caso entre librerías y clientes imposibilita de facto el acceso igualitario. Algo que en las bibliotecas sí es posible si la administración invirtiera adecuadamente y, quizás, tirando de este hilo, debería plantear y apostar con más claridad porque las compras de las bibliotecas sí se hicieran en librerías y, en la medida, de lo posible, en librerías que generasen un ecosistema con las bibliotecas bien por la cercanía física o por la especialización temática o de servicios.

En el mismo preámbulo, se convierte, creo que de manera reduccionista, a todas las librerías en espacios culturales cuando se dice, sin especificar o delimitar…

ha llevado a una complicada situación a estos espacios culturales

Y miren, no. Las librerías de medicina no creo que se consideren espacios culturales. Las de derecho tampoco. Y muchas y muchas otras no se lo han planteado en la vida. Y sin haberse planteado uno la intencionalidad, ¿se puede ser espacio cultural?

Cuando llegamos al artículo 1, que es donde se concretan realmente el objeto y la finalidad, es cuando ya nos llevamos el chasco completo. Las ayudas son:

– para páginas web

– para mejoras del acceso de los lectores a oferta legal de contenidos digitales

– para ejecución de obras que mejoren el espacio físico

– para librerías que hayan sido traspasadas en el último año o que hayan sufrido una catástrofe.

A estos cuatro supuestos es a lo que queda reducida la modernización y la revalorización cultural.

Quedan fuera por lo tanto:

– La apuesta de nuevas librerías si no hay traspaso por detrás. ¿Por qué esta diferencia si igual lo que hace falta es sabia nueva y la cantidad que se va a aportar a cada proyecto no es significativa?

– La apuesta por los proyectos que enriquezcan la actividad cultural en la librería sin pasar por obras físicas. Vamos que parece que lo moderno es el ladrillo y no los intangibles.

– Quedan fuera, por supuesto, una inversión en redes sociales y en apuesta de comunicación virtual cuya finalidad sea generar comunidad cómplice porque esto per se ni es web ni es incentivar la lectura digital.

– Se abre un hueco interesante que no sé si alguna librería se atreverá a explotar  y presentar como es el de la creación de un espacio digital de contenidos legales con licencias en abierto que desde luego es coherente en su totalidad con la mejora de la oferta legal de contenidos digitales.

En fin. Todo parece reducirse a la capacidad que tengan los libreros para negociar con gremios de construcción y proveedores tecnológicos. ¿Ahí situamos la infraestructura de la revalorización y la modernización en los tiempos de la creatividad y la innovación?

Más dudas:

– Cómo se van a medir-valorar los requisitos técnicos que se solicitan. En concreto – Tener a disposición del público una oferta de títulos (no ejemplares) igual o superior a 3.000. En el caso de librerías especializadas en literatura infantil y juvenil (cuyas ventas en esta materia concentren un 60 % de las ventas) el número de títulos exigibles se reducirá a 1.500. Por otro lado, las librerías con una facturación de libros superior a 600.000 euros deberán disponer de una oferta mínima de títulos de 6.000. – Contar con algún medio de prescripción de libros para los lectores que podrá adoptar la forma de una revista, un boletín, un blog o una página web. En el caso de los medios impresos habrán de tener una periodicidad al menos trimestral; la actualización de los medios digitales deberá ser al menos semanal. Se entenderá cumplido este requisito cuando, a falta de un medio periódico, la librería elabore al menos dos veces por año materiales propios de difusión relacionados con los eventos culturales.

Cuando uno ya lee los criterios de valoración del artículo 10 no entiende muy bien cómo se deben encajar con el objetivo y fines del artículo 1.

En fin… Mucho agujero por el cual se puede ir escapando la calderilla limosnera.

No sé si alguien se habrá parado a pensar que muchas librerías pequeñas se echarán atrás al pensar solamente el tiempo que tienen que invertir que al final es dinero para el dinero que pueden llegar a conseguir.

Esperaremos a la resolución.

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